La prohibición de circulación entre municipios vigentes en los próximos días comienza este viernes. ¿Es posible hacer visitas?

26/03/2021

Desde este viernes (26 de marzo de 2021), a medianoche, y hasta el próximo día 5 de abril de 2021 - incluye el fin de semana de Pascua - está prohibido moverse entre municipios. El objetivo eshacer bien que las personas abandonen su área de residencia en los días previos a esta temporada festiva. El deber general de recolección de viviendas permanece, lo que significa que los ciudadanos sólo pueden salir para viajes autorizados. Dado que esta norma estará vigente a lo largo de la próxima semana, ¿será posible realizar visitas a inmuebles? Lo explicamos sobre una base legal.

"Hoy es el primero de once días de obligación de 'confinamiento al condado de residencia'. Este es el principio general. No salga del condado correspondiente a la vivienda, salvo por motivos de salud o por otras razones de urgencia imperativa", comienza explicando el abogado Ricardo Matos Fernandes, en declaraciones al idealista/informativo.

El artículo 11, núu. 2, del Decreto Nº 9/2020, de 21 de noviembre, al que se refiere la norma que regula el estado actual de emergencia, establece excepciones a este principio general. Según el jurista que trabaja en Derecho Inmobiliario y Mediación Inmobiliaria, se trata de situaciones especiales, motivadas y vinculadas al ejercicio, por sí solas,de actividades profesionales de carácter público o privado. También hay situaciones que se llevan a cabo con actividades escolares o de formación, centros ocupacionales o de día. Así como por participar en actos procesales con entidades judiciales o en actos de competencia de notarios, abogados, abogados, conservadores y funcionarios de registros, así como por la asistencia a los servicios públicos, siempre que cuenten con una prueba de la respectiva programación, lo que permite la continuidad de la actividad de cierre de negocios y la realización de operaciones inmobiliarias.

También existen razones relacionadas con los viajes necesarios para la salida del territorio nacional continental, los ciudadanos no residentes a lugares de residencia comprobada, en el cumplimiento de las responsabilidades parentales compartidas, según lo determinado por el acuerdo entre los titulares del mismo o por el tribunal competente y también para el regreso al hogar.

"Ahora, no se prevé una excepción para las visitas a bienes raíces por parte de los interesados en su adquisición, o incluso el arrendamiento. Del mismo modo que se impide trasladarse a otros municipios, distintos al de residencia, para compras u otros actos de consumo", subraya Ricardo Matos Fernandes, añadiendo que, por supuesto, "se mantiene esa posibilidad de este viaje para los agentes inmobiliarios, en el ejercicio de sus actividades profesionales".

La solución, en este caso, según ha explicado el abogado y formador inmobiliario, pasa por visitas virtuales,utilizando viodeocall u otros medios tecnológicos de visualización a distancia, concretamente para visitas de interesados residentes fuera del condado donde se ubica el inmueble anunciado.  

En Idealista News, 26 de marzo de 2021 |

Mohamed Hassan en Pixabay Fotos